El Control Social es el derecho y el deber de los ciudadanos a participar, de manera individual o a través de sus organizaciones, redes sociales e instituciones, en la vigilancia de la gestión pública y sus resultados de acuerdo con lo establecido en la regulación aplicable y correcta utilización de los recursos y bienes públicos. (artículos 60, 61 y 63 de la Ley 1757 de 2015).
 
Modalidades de control social
Aspectos relevantes en materia de control social dispuesto por la Contraloria General del Departamento Archipiélago: 
Temas de interes
Convocatoria a ejercer control sobre la contratación
Para ejercer el control social a la contratación, se recomienda consultar el Plan Anual de Adquisiciones y/o la plataforma SECOP.
Informes del interventor o el supervisor
En la actualidad ninguno de los temas de interés ha sido objeto de control por parte de alguna veeduría ciudadana.
 
Registro de las observaciones de las veedurías, decisiones y acciones de mejora
En la actualidad ninguno de los temas de interés ha sido objeto de control por parte de alguna veeduría ciudadana.
 
Caja de Herramientas
Herramienta de evaluación