Contraloria escolar

PROYECTO CONTRALORÍA ESCOLAR
La Contraloría General del Departamento Archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina, Islas, viene implementando el Proyecto de Contralorías Escolares en las diferentes instituciones Educativas Públicas y Privadas en el Departamento.
 
Las Contralorías Escolares serán las instituciones encargadas de promover la democratización de la administración pública y la participación ciudadana en el control social fiscal. Serán las veedoras del buen uso de los bienes y recursos públicos de la institución educativa a la que pertenezca.
 
La Contraloría Escolar, será la encargada de promover la democratización de la administración pública y la participación ciudadana en el control social fiscal y veedoras del buen uso de los bienes y recursos públicos de la institución educativa a la cual pertenece, además de ser un mecanismo de promoción y fortalecimiento del control social en la gestión educativa y espacio de participación de los estudiantes, para fomentar la transparencia en el manejo de los recursos públicos, velará porque los programas y proyectos públicos como los Fondos de Servicio Educativo, Restaurantes Escolares, Tienda Escolar, Proyectos Ambientales y Recreativos, Obras de Infraestructura de la respectiva institución educativa y de su entorno cumplan con el objetivo propuesto.
 
La Contraloría Escolar funcionará en todas las instituciones educativas oficiales y privadas y estará conformada por el Contralor Escolar y su Grupo de Apoyo.
 
Para el logro de este objetivo, en la actualidad se está llevando a cabo en todas las Instituciones Educativas del Departamento Archipiélago, capacitación a los estudiantes de los grados quinto a décimo, para que en la próxima vigencia, en el mes de marzo se pueda elegir los primeros Contralores Escolares en el Departamento.
 
El Contralor Escolar debe ser un estudiante que se encuentre debidamente matriculado en la institución educativa, que curse el grado décimo o undécimo, diferente al personero y representante de la institución.
 
El Grupo de Apoyo, estará conformado por estudiantes matriculados en la institución educativa, que cursen los grados sexto a undécimo y los estudiantes que cursen el último grado en los Centros Educativos, según ofrezca la institución; se elegirá democráticamente un representante por cada grado, por votación interna que realizará el alumnado el mismo día de la elección del Contralor Escolar.
 
La Contraloría Escolar ejercerá sus funciones de manera pedagógica y educativa, para contribuir a la creación de la cultura del buen uso y manejo de los recursos públicos.
 
El Contralor será elegido por un período fijo de un año, el mismo día de las elecciones para Personero Estudiantil. Para tal efecto el Rector convocará a todos los estudiantes matriculados con el fin de elegirlo por el sistema de mayoría simple y mediante voto universal y secreto. El aspirante no podrá tener sanciones disciplinarias dentro de los dos años anteriores a su postulación. Del proceso electoral realizado, se levantará un acta donde consten los candidatos que se postularon a la elección, número de votos obtenidos, la declaratoria de la elección de Contralor Escolar y el número de votos obtenidos, y deberá ser firmada por el Rector de la institución educativa.
 
El Contralor Escolar electo tomará posesión de su cargo ante el Contralor del Departamento Archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina, Islas en ceremonia especial que se programará para tal efecto. 

Contraloria Escolar 2018 - Ciudadania Juvenil Activa para un Control Fiscal Decente, Efectivo, Participativo y Social
 

Responsabilidad Fiscal

PROCESO DE RESPONSABILIDAD FISCAL
 
La Constitución Política de Colombia asignó entre otras funciones a los contralores, la de establecer la responsabilidad que se derive de la gestión fiscal y de ejercer la jurisdicción coactiva sobre los alcances deducidos de la misma.
 
Los recursos públicos, y en general el patrimonio público del Departamento Archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina, están sometidos a la vigilancia fiscal de la Contraloría General del Departamento Archipiélago, circunstancia que determina de manera simultánea su competencia para derivar responsabilidad fiscal sobre los daños que se ocasionen sobre ese patrimonio.
 
La responsabilidad fiscal, tiene como finalidad esencial el resarcimiento de los daños ocasionados al patrimonio público consecuencia de un detrimento que se le haya causado. Es de estricto contenido patrimonial, pues con ella se ampara o tutela el bien jurídico patrimonio público, pretendiendo mediante la acción consiguiente, reparar los daños que se le causen a éste por conductas desplegadas en el ejercicio de la gestión fiscal por parte de agentes públicos o privados. 
 
El Proceso de Responsabilidad Fiscal lo constituye la actividad de la Contraloría General del Departamento Archipiélago, y demás entes de Control Fiscal, con el objeto de establecer la responsabilidad que corresponda a los servidores públicos, contratistas y particulares, cuando en ejercicio de la gestión fiscal o con ocasión de ésta, causen, por acción u omisión y en forma dolosa o gravemente culposa, un daño al patrimonio del Estado.
 
De conformidad con la Ley 610 de 2000, las Entidades de Control Fiscal, podrán iniciar el trámite de procesos de responsabilidad fiscal en los siguientes eventos:
  • De oficio
  • Como consecuencia del ejercicio de los sistemas de control fiscal por parte de las propias contralorías.
  • De la solicitud que en tal sentido formulen las entidades vigiladas
  • De las denuncias o quejas presentadas por cualquier persona u organización ciudadana.
El proceso de responsabilidad fiscal es declarativo, y su finalidad es la reparación del patrimonio público resultado de la violación por parte de los gestores fiscales de alguno de los principios de eficiencia, economía, o eficacia que ocasiona un detrimento declarada a través del proceso fiscal, el cual es de carácter subjetivo, patrimonial y no sancionatoria, autónoma e independiente respecto a otras responsabilidades aplicables a los servidores públicos, tales como la Social, la política, la Penal, la Civil o Patrimonial y la Disciplinaria entre otras.
 
Las principales fuentes legales de la responsabilidad fiscal son las Leyes 610 de 2000 y 1474 de 2011; existen otras fuentes supletivas.
 
 
EFECTOS DEL FALLO CON RESPONSABILIDAD FISCAL
 
La responsabilidad fiscal no tiene por objeto castigar o sancionar al servidor público o particular que con su actuación irregular cause un detrimento al patrimonio del Estado, su finalidad es patrimonial – reparador. No obstante lo anterior, las consecuencias de un fallo con responsabilidad fiscal debidamente ejecutoriado en contra de implicado hallado responsables, las podemos catalogar en varias dimensiones: 
 
La primera, corresponde a su efecto principal de carácter patrimonial – reparador.
 
La segunda, como efectos secundarios tenemos que la declaratoria de responsabilidad fiscal genera inhabilidad para contratar con el estado y para desempeñar cargos públicos, por tanto el servidor público o particular al que se le haya proferido fallo con responsabilidad fiscal, no podrá ser contratista estatal, ni tampoco desempeñarse como servidor público.
 
En firme y ejecutoriado el acto declarativo de responsabilidad fiscal, se desencadenan las siguientes consecuencias:
  • El hallado fiscalmente responsable es reportado al Boletín de Responsables Fiscales.
  • Es reportado al Sistema de Información de Registros y Sanciones de la Procuraduría General de la Nación “SIRI”.
  • En tratándose de contratistas, la solicitud a la autoridad administrativa correspondiente para que declare la caducidad del contrato, siempre que no haya expirado su ejecución y no se encuentre liquidado. 
  • En caso de no cumplir inmediatamente con el pago del valor del detrimento al patrimonio público, la Contraloría dará inicio a la etapa de Jurisdicción Coactiva, para los efectos del cobro coactivo. 
 

Portal Infantil


Evaluación del desempeño / Acuerdos de Gestión

La Contraloria General del Departamento Archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina realizó el procedimiento de Evaluación del Desempeño Laboral de los empleados de carrera administrativa, corresponndiente al período 1 de febrero de 2021 al 31 de enero de 2022.
Los empleados de Carrera Administrativa de la Contraloria General del Departamento Archipiélago se encontraron en el nivel Destacado y Sobresliente de desempeño.